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TC25118 – ASÍ SE PRACTICA LA RETENCIÓN EN LA FUENTE DE LA PRIMA

Cuando el agente retenedor utiliza el procedimiento 1 para efectuar la retención en la fuente sobre los pagos laborales, deberá utilizar este mismo procedimiento para calcular la retención en la fuente de la prima de servicios de manera independiente.

Para ilustrar la forma de practicar la retención en la fuente veremos el siguiente caso práctico:

En el mes de diciembre se paga la prima de servicios a un trabajador por valor de $8.400.000.

¿Cuál es el valor de la retención en la fuente de la prima de servicios?

Solución:

Prima de servicios:  $8.400.000

(-) Renta exenta: $2.100.000 = ($8.400.000 X 25%). Limitada a 790 UVT anual.

(=) Base de retención: $6.300.000

A la base de retención se aplica la tabla del artículo 383 del E.T., así:

$6.300.000 ÷ $49.799 = 126,51 UVT

((126,51UVT – 95) x 19%) = 5,9869 x $49.799 = $298.142.

Por lo tanto, la retención en la fuente de la prima es de = $298.000.

Fuente: Artículos 206, 383, 385 del E.T. y concepto DIAN 68294 del

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