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TC26032 – ESTOS SON LOS ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA ELABORAR EL FORMATO 1010

El formato 1010 es el formato donde se reporta la información de las personas o entidades que sean socias, accionistas, comuneros, asociados y/o cooperados de la respectiva entidad.

¿Quiénes están obligados a presentar el formato 1010?

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.3.5.1.1 de la resolución 227 de 2025, están obligados a presentar el formato 1010 “Las personas jurídicas y sus asimiladas con ánimo de lucro, las cooperativas y los fondos de empleados, obligados a presentar información de acuerdo con los numerales 5 y 6 del artículo 1.3.1.1 de la presente resolución…”

Por lo tanto, las fundaciones, corporaciones y asociaciones sin ánimo de lucro no están obligadas a presentar el formato 1010. Sin embargo, las cooperativas y los fondos de empleados, aunque puedan considerarse entidades sin ánimo de lucro sí deberán presentar este formato.

¿Cuál es el valor de las acciones que se debe presentar en el formato 1010?

Según lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 1.3.5.1.1 de la resolución 227 de 2025:

“El valor a reportar por acciones, aportes o derechos sociales poseídos en cualquier clase de sociedad o entidad, a treinta y uno (31) de diciembre del año a reportar, corresponderá al valor nominal de la acción, aporte o derecho social y al valor pagado por prima en colocación de acciones o de cuotas sociales de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del Estatuto Tributario.”

Es importante mencionar que no se debe reportar el valor intrínseco de las acciones.

Fuente: Artículo1.3.5.1.1 de la resolución 227 de 2025.

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