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TC25053 – QUE NO SE TE OLVIDE RECONOCER LA RENTA LÍQUIDA POR RECUPERACIÓN DE DEDUCCIONES

La renta líquida por recuperación de deducciones son valores que se solicitaron como deducción en las declaraciones de renta de los años gravables anteriores y que en la declaración de renta del año gravable 2024 deberán incluirse como rentas líquidas para efectos de determinar la base gravable del impuesto.

Según lo dispuesto en el artículo 195 del Estatuto Tributario constituye renta líquida:

“La recuperación de las cantidades concedidas en uno o varios años o períodos gravables como deducción de la renta bruta, por depreciación, pérdida de activos fijos, amortización de inversiones, deudas de dudoso o difícil cobro, deudas perdidas o sin valor, pensiones de jubilación o invalidez, o cualquier otro concepto; hasta concurrencia del monto de la recuperación (…).”

El valor correspondiente a la renta líquida por recuperación de deducciones se incluirá en la casilla 70 denominada “Renta por recuperación de deducciones”. del formulario 110

Cuando la declaración de renta se presenta en el formulario 210 el valor correspondiente a la renta líquida por recuperación de deducciones, según el instructivo del mismo formulario, se incluirá en la casilla 96 denominada “rentas gravables”.

Renta líquida por recuperación de depreciaciones

Si bien es cierto que, cuando el contribuyente vende un activo fijo poseído por dos años o más, este ingreso constituye ganancia ocasional conforme lo establecido en el artículo 300 del Estatuto Tributario, en el caso de la venta de activos depreciables, el contribuyente deberá reconocer en primer lugar la renta líquida por recuperación de deducciones, según lo previsto en el artículo 90 del Estatuto Tributario.

Así las cosas, si un contribuyente obtiene una utilidad en venta de activos fijos poseído por dos años o más de $30.000.000, pero en las declaraciones de renta de los años anteriores había solicitado deducciones por depreciación por valor de $18.000.000, el contribuyente deberá:

En primer lugar, reconocer una renta líquida por recuperación de la deducción por depreciación por valor de $18.000.000 que se incluirán en la sección de rentas ordinarias y quedarán sujetas al impuesto de renta.

En segundo lugar, reconocer la ganancia ocasional gravable por valor de $12.000.000, correspondiente al valor de la utilidad menos la parte que se llevó como renta líquida por recuperación de deducciones.

Renta líquida por recuperación de deudas de difícil cobro

Si el contribuyente en años anteriores había solicitado la deducción por deterioro fiscal de las deudas de dudoso o difícil cobro y durante el año gravable 2024 recupera la cartera, el contribuyente deberá reconocer en la declaración de renta del año gravable 2024 la renta líquida por recuperación de la deducción por deterioro de las deudas de difícil cobro.

Fuente: Artículos 90, 195 hasta 198 del Estatuto Tributario.

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