Asesoría, Consultoría y Capacitación financiera.

Ingreso:

0 - $0

No hay productos en el carrito.

NIIF25041 – LOS ACTIVOS Y PASIVOS POR IMPUESTO DIFERIDO NO SE COMPENSAN

Al momento de elaborar los Estados Financieros, una de las tareas relevantes a realizar es el cálculo y presentación del impuesto diferido. En esta oportunidad les voy a compartir un criterio que considero muy importante tener en cuenta a la hora de hacerlo.

Criterio de presentación

El párrafo 29.37 de la NIIF para Pymes 2015 menciona:  ¨Una entidad compensará los activos por impuestos corrientes y los pasivos por impuestos corrientes, o los activos por impuestos diferidos y los pasivos por impuestos diferidos, si y solo si tiene el derecho, exigible legalmente, de compensar los importes y puede demostrar sin esfuerzo o costo desproporcionado que tenga planes de liquidarlos en términos netos o de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente.¨

Sabemos que la NIIF exige la compensación de los activos y pasivos por impuestos corrientes; es decir, no es correcto presentar en el Estado de Situación Financiera un activo por las retenciones en la fuente que nos practicaron y al mismo tiempo, presentar un pasivo por el impuesto de renta a pagar. Si tenemos el derecho y la intención de compensar estas cifras de manera simultánea en la declaración de renta, debemos presentar el pasivo o el activo en términos netos.

Los impuestos diferidos rara vez se compensan

En el caso del impuesto diferido, la compensación también procede cuando se espera realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente. Pero esta situación es muy difícil que se dé.

Por ejemplo; en la partida de propiedad planta y equipo, una empresa puede generar un activo por impuesto diferido originado en una depreciación limitada fiscalmente, y al mismo tiempo, otro elemento de propiedad planta y equipo, puede generar un pasivo por impuesto diferido originado en una valorización, en este caso, la entidad no debe compensar, porque la entidad no tiene planes de liquidar simultáneamente el activo y el pasivo por impuesto diferido; son dos situaciones que no se relacionan.

No se debe calcular el impuesto diferido desde el saldo consolidado de la partida

Por lo anteriormente expuesto, se concluye que no es correcto calcular el impuesto diferido teniendo en cuenta el saldo consolidado de la cuenta propiedad planta y equipo como tal. Lo recomendable es calcular el impuesto diferido elemento por elemento, porque en la misma cuenta mayor podemos tener activos y pasivos por impuestos diferidos que deban presentarse por separado en el estado de situación financiera.

Facebook
WhatsApp
Twitter
LinkedIn
Pinterest