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TC25049 – ESTE ES EL TRATAMIENTO QUE LE DEBES DAR AL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Según lo dispuesto en los artículos 115 y 115-1 del Estatuto Tributario las personas obligadas a llevar contabilidad podrán solicitar como deducción el 100% del impuesto de industria y comercio devengado en el año gravable 2024, siempre y cuando se haya pagado antes de presentar la declaración de renta

Es advertir que en la actualidad ya no existe la posibilidad de solicitar el descuento tributario del impuesto de industria y comercio debido a que fue derogado mediante el artículo 19 de la ley 2277 de 2022.

Oportunidad para solicitar la deducción

De conformidad con los establecido en el artículo 115-1 del Estatuto Tributario,

“Para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, serán aceptadas las erogaciones devengadas por concepto de prestaciones sociales, aportes parafiscales e impuestos de que trata el artículo 115 de este Estatuto, en el año o periodo gravable que se devenguen, siempre y cuando los aportes parafiscales e impuestos se encuentren efectivamente pagados previamente a la presentación de la declaración inicial del impuesto sobre la renta.”

Así las cosas, la deducción del impuesto de industria y comercio de la declaración de renta del año gravable 2024 corresponde al impuesto devengado contablemente en el año 2024 y que se haya declarado y pagado en 2025 antes de presentar la declaración de renta del año gravable 2024.

Fuente: Artículo 115-1 del Estatuto Tributario.

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