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059 – NIIF – ¿CADA CUANTO SE DEBEN EMITIR LOS ESTADOS FINANCIEROS BAJO NIIF? 

¿La norma internacional dice algo al respecto de la periodicidad en la emisión de estados financieros?.

¿Es opcional o es obligatorio aplicar las NIIF en los estados financieros de períodos intermedios?.

Responderemos a estas interrogantes citando y analizando el estándar internacional.

Periodicidad en la emisión de los estados financieros

La norma internacional menciona la periodicidad mínima que debe considerarse al momento de emitir estados financieros. En la NIC 1 leemos:

_Una entidad presentará un juego completo de estados financieros (incluyendo información comparativa) al menos anualmente. (Párrafo 36 NIC 1)_.

Sin embargo, el estándar no prohíbe la emisión de estados financieros de periodos intermedios. Al respecto  regula que:

_ Cuando una entidad cambie el cierre del periodo sobre el que informa y presente los estados financieros para un periodo contable superior o inferior a un año, revelará, además del periodo cubierto por los estados financieros:_

_(a) la razón para utilizar un periodo de duración inferior o superior; y_

_(b) el hecho de que los importes presentados en los estados financieros no son totalmente comparables_

Entonces, por regla general, la empresa debe emitir un juego completo de estados financieros como mínimo una vez en el año; pero no está limitada a eso; puede, por razones prácticas, emitir estados financieros de periodos intermedios. Las NIIF no prohíben esta práctica.

¿Las NIIF también se deben aplicar en los estados financieros de periodos intermedios?

Si. Los estados financieros de periodos intermedios deben cumplir con los criterios de reconocimiento, medición, presentación y revelación de las NIIF. Incluso tenemos una norma especial dedicada a la información de periodos intermedios; se trata de la NIC 34, la cual explicaremos en un próximo artículo.

Fuente: Norma Internacional de Contabilidad NIC 1

 

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