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TC25158 – ESTA SON LAS 158 – COL – PERSONAS NATURALES QUE PUEDEN PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE RENTA DE MANERA VOLUNTARIA SIN ESTAR OBLIGADO

Las personas naturales que estuvieron sometidas a retención en la fuente y que no quedaron obligadas a presentar la declaración de renta preguntan si pueden presentar la declaración de renta de manera voluntaria para restarse la retención en la fuente y solicitar la devolución del saldo a favor.

 Es por eso que, en el día de hoy veremos los requisitos que se deben cumplir para poder presentar la declaración de renta de manera voluntaria:

 Estos requisitos los encontramos en el parágrafo del artículo 6 del Estatuto Tributario, el cual señala:

 “Las personas naturales residentes en el país a quienes les hayan practicado retenciones en la fuente y que de acuerdo con las disposiciones de este Estatuto no estén obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, podrán presentarla. Dicha declaración produce efectos legales y se regirá por lo dispuesto en el Libro I de este Estatuto.”

 De acuerdo con la norma anteriormente transcrita son dos los requisitos para que una persona natural pueda presentar la declaración de renta de manera voluntaria sin estar obligado a ello:

 El primer requisito es que la persona natural tenga residencia fiscal en Colombia.

 El segundo requisito es que la persona natural haya estado sometida a retención en la fuente en el respectivo año gravable.

 Si no se cumplen estos dos requisitos y se presenta la declaración de renta de manera voluntaria, esa declaración de renta no producirá efecto legal alguno de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 594-2 del Estatuto Tributario.

Fuente: Artículos 6 y 594-2 del Estatuto Tributario.

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