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149 – COL – PASO A PASO PARA LA DECLARACIÓN DE RENTA

La declaración de renta puede elaborarse adecuadamente, pero si se presenta sin la firma del contribuyente, la declaración quedará inmersa en una causal para tenerse por no presentada y esto implicaría el pago de sanciones.

Para evitar este tipo de errores y cumplir en debida forma con la obligación de elaborar y presentar la declaración de renta del año gravable 2024 se recomienda seguir el siguiente paso a paso:

rimero. Determinar si el contribuyente tiene o no la calidad de residentes fiscal en Colombia aplicando el artículo 10 del Estatuto Tributario.

Segundo. Determinar si la persona natural está obligada a cumplir con el deber formal de presentar la declaración de renta.

Tercero. Inscribirse en el RUT o actualizarlo para incluir la responsabilidad 05 de obligado a presentar declaración de renta.

Cuarto. Identificar si presenta la declaración de renta en el formulario 210 para residentes fiscales o en el formulario 110 para no residentes fiscales.

Quinto. Identificar si la persona está o no obligada a llevar contabilidad, toda vez que esto incide en la realización de los ingresos, costos y gastos.

Sexto. Clasificar adecuadamente los ingresos en cada una de las cédulas y subcédulas si está obligado a declarar en el formulario 210 de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 335 del Estatuto Tributario.

Séptimo. Realizar la depuración de la renta aplicando las limitaciones a las deducciones y rentas exentas, y liquidar el impuesto de renta de conformidad con el artículo 330 del Estatuto Tributario.

Octavo. Firmar la declaración de renta y revisar si se tiene la obligación de hacerla firmar por contador público.

Noveno. Presentar la declaración de renta a través del sistema electrónico de la DIAN antes de vencerse el plazo para declarar y revisar que haya quedado firmada y con el acuse de recibo.

Décimo. Pagar la declaración de renta el mismo día de la presentación, cuando haya lugar a ello, para evitar el pago de intereses de mora.

Fuente: Estatuto Tributario y DUR 1625 de 2016.

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