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TC26015 – ESTAS SON LAS REGLAS PARA DEPRECIAR FISCALMENTE LOS ACTIVOS ADQUIRIDOS EN EL 2017 Y AÑOS SIGUIENTES

La forma de calcular la depreciación fiscal de los activos dependerá del año de adquisición de este, considerando que desde el año gravable 2017 existen unas reglas distintas para calcular la depreciación de los activos adquiridos desde esta fecha.

Así las cosas, los activos fijos adquiridos desde el 1 de enero del año 2017 y años posteriores se depreciarán aplicando los cambios introducidos por la ley 1819 de 2016 y la limitación del artículo 137 del Estatuto Tributario, en el cual se dispuso que:

“Para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios la tasa por depreciación a deducir anualmente será la establecida de conformidad con la técnica contable siempre que no exceda las tasas máximas determinadas por el Gobierno nacional…”.

De esta manera, la depreciación de los activos adquiridos con posterioridad al 2016 se calculará aplicando las siguientes reglas:

Aplicando las disposiciones de los artículos 128 y 137 del Estatuto Tributario.

La base para calcular la depreciación será el costo fiscal menos el valor residual.

El valor residual se determinará de acuerdo con la técnica contable.

Las vidas útiles se determinan de acuerdo con la técnica contable.

Aunque se parte de las vidas útiles establecidas de acuerdo a la técnica contable se deberán aplicar las limitaciones establecidas en el artículo 137 del Estatuto Tributario.

Los métodos de depreciación a utilizar son los establecidos en la técnica contable.

La depreciación contable sobre los ajustes por revaluación no es aceptada en la declaración de renta.

Fuente: Artículos 128, 137 y 290 del Estatuto Tributario.

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