Los contribuyentes del impuesto de renta que tengan cuentas por cobrar de dudoso o difícil recaudo podrán solicitar en la declaración de renta la deducción por deterioro fiscal de la cartera, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos en la norma tributaria.
En cuanto al porcentaje para el cálculo de la provisión el artículo 145 del Estatuto Tributario estableció que los contribuyentes “…podrán deducir las cantidades razonables que fije el reglamento como deterioro de cartera de dudoso o difícil cobro…”.
En concordancia con lo anterior, en el decreto 187 de 1975, el cual se encuentra vigente y compilado en el DUR 1625, se establecieron dos métodos para calcular la provisión: i) método general de cartera; II) método individual de cartera.
Provisión general de cartera
Los porcentajes para calcular la provisión de las deudas de dudoso o difícil recaudo por el método general se encuentran en el artículo 1.2.1.18.21 del DUR 1625 de 2016:
“Provisión general. Los contribuyentes que lleven contabilidad de causación y cuyo sistema de operaciones origine regular y permanentemente créditos a su favor, tendrán derecho a que se les deduzca de su renta bruta, por concepto de provisión general para deudas de dudoso o difícil cobro, un porcentaje en la cartera vencida, así:
El cinco por ciento (5%) para las deudas que en el último día del ejercicio gravable lleven más de tres (3) meses de vencidas, sin exceder de seis (6) meses.
El diez por ciento (10%) para las deudas que en el último día del ejercicio gravable lleven más de seis (6) meses de vencidas sin exceder de un (1) año.
El quince por ciento (15%) para las deudas que en el último día del ejercicio gravable lleven más de un (1) año de vencidas.”
Nota:
De acuerdo con el artículo 145 del Estatuto Tributario “No se reconoce el carácter de difícil cobro a deudas contraídas entre sí por empresas o personas económicamente vinculadas, o por los socios para con la sociedad, o viceversa”.
Fuente: Artículo 145 del Estatuto Tributario; artículo 1.2.1.18.21 del DUR 1625 de 2016.





