El estándar internacional define criterios específicos para el reconocimiento de los ingresos, costos y gastos que se derivan de un contrato de construcción. Pero ¿Qué es un contrato de construcción? ¿todas las constructoras deben aplicar estos criterios? ¿Una empresa que no es una constructora, puede aplicar el concepto de contrato de construcción?.
Definición de contrato de construcción.
Un contrato de construcción es un contrato, específicamente negociado, para la fabricación de un activo o de un conjunto de activos, que están íntimamente relacionados entre sí o son interdependientes en términos de su diseño, tecnología y función, o bien en relación con su destino o utilización final. (Glosario de términos de las NIIF)
Se cumple la definición de contrato de construcción cuando una entidad contrata a otra para que le fabrique un activo; por ejemplo un edificio de apartamentos o una máquina hecha a la medida.
No todas las operaciones de una constructora cumplen con la definición de contrato de construcción
Por el solo hecho de tener como objeto social la construcción de activos, no significa necesariamente que todas las operaciones de una constructora cumplan con la definición de un contrato de construcción.
Por ejemplo; cuando la constructora está construyendo sus propios inventarios, o cuando construye propiedades de inversión según su modelo de negocio, no está ejecutando un contrato de construcción, porque no existe un acuerdo de voluntades; es decir, existe la construcción, pero no un contrato.
Empresas que no son constructoras inmobiliarias, pueden aplicar el concepto de contrato de construcción
Si. Una empresa dedicada a la fabricación de estructuras o máquinas hechas a la medida, cuando es contratada por un tercero para la fabricación de un activo, cumple con la definición de contrato de construcción. Es decir, el concepto no está supeditado a la construcción de inmuebles.





