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NIIF25027 – CARGOS PREOPERATIVOS. ¿ACTIVOS O GASTOS?, TRATAMIENTO BAJO NIIF

En la práctica contable de algunas empresas todavía es común escuchar hablar de los llamados “cargos preoperativos o gastos de establecimiento ”, entendidos como aquellos desembolsos que se realizan en la fase inicial de una empresa, antes de que el proyecto comience a generar ingresos.

Por ejemplo; constitución legal, registros, trámites notariales, estudios de factibilidad, campañas de lanzamiento, entre otros. Durante años, bajo normas locales, estos valores solían reconocerse como un activo diferido y amortizarse en varios ejercicios.

Sin embargo, con la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), esta práctica cambió de manera radical. El criterio internacional exige analizar si realmente existe un activo según la definición de la norma, y la conclusión en la mayoría de los casos es que estos desembolsos no cumplen las condiciones para ser activados.

¿Qué dice la NIIF?

La NIIF para PYMES, en su Sección 18 – Activos intangibles distintos de la plusvalía, y la NIC 38 en el marco pleno, son claras al establecer que los desembolsos incurridos en la fase de arranque o constitución de un negocio deben reconocerse directamente en el estado de resultados como gasto. La razón es sencilla: no se puede identificar un recurso que genere beneficios económicos futuros controlado por la entidad.

Por ejemplo, el pago de trámites legales para constituir la sociedad o la publicidad inicial de lanzamiento no genera un activo separado que la empresa pueda controlar, transferir o del cual espere beneficios futuros de manera independiente. No es un bien que se pueda vender, entregar en parte de pago o transferir a un socio como devolución de sus aportes.

Los cargos preoperativos que no cumplen la definición de activo, son desembolsos irrecuperables, y en consecuencia, deben reconocerse como gasto en el periodo en que ocurren.

Excepciones y matices

No todos los desembolsos iniciales deben tratarse automáticamente como gasto. Es importante diferenciar:

Costos directamente atribuibles a un activo específico: Si los desembolsos forman parte del costo de adquisición y puesta en marcha de un activo tangible o intangible, se incluirán dentro de ese activo. Por ejemplo, los gastos legales en la adquisición de un inmueble y los costos de adecuación para ponerlo en funcionamiento se contabilizan como parte del costo de adquisición.

Desembolsos de investigación y desarrollo: Los gastos de investigación deben reconocerse como gasto, pero si la entidad aplica la NIC 38, ciertos desembolsos de desarrollo pueden capitalizarse como activo intangible si cumplen los estrictos criterios de la norma (viabilidad técnica, intención de uso, capacidad para generar beneficios futuros, entre otros).

Implicaciones financieras para las empresas

La consecuencia inmediata es que las empresas nuevas pueden presentar pérdidas en sus primeros estados financieros, porque esos gastos de constitución ya no se difieren. Esto no significa un error, sino la aplicación fiel de los criterios internacionales.

Desde la perspectiva de los usuarios de la información financiera, este tratamiento genera estados más realistas y prudentes, pues evita mostrar “activos” que en realidad no representan beneficios económicos futuros.

Lo que antes se consideraba un “activo diferido” bajo normatividad local, hoy bajo NIIF es un gasto inmediato. Una realidad que obliga a las empresas a planear mejor sus recursos iniciales y a entender que la contabilidad debe reflejar la sustancia económica y no simplemente la forma legal de los desembolsos.

Para las empresas y contadores, comprender este cambio es esencial, no solo para cumplir con la norma, sino también para transmitir información financiera más transparente y útil para la toma de decisiones.

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