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TC26014 – ESTOS SON LOS PARÁMETROS QUE DEBES APLICAR PARA CALCULAR LA DEPRECIACIÓN FISCAL DE ACTIVOS ADQUIRIDOS ANTES DE 2017

Desde el año gravable 2017 cambió la forma de calcular la depreciación fiscal de los activos. Sin embargo, a los activos fijos adquiridos antes de 2017 le siguieron aplicando las reglas que aplicaron hasta el año gravable 2016.

Esto es así porque, los activos adquiridos antes del 1 de enero del año 2017 se depreciarán aplicando el régimen de transición contemplado en el numeral 2 del artículo 290 del Estatuto Tributario, el cual señala que:

“El saldo pendiente de depreciación de los activos fijos a 31 de diciembre de 2016, se terminará de depreciar durante la vida útil fiscal remanente del activo fijo depreciable, de conformidad con lo previsto en el artículo 1.2.1.18.4 del Decreto 1625 de 2016 y por los sistemas de cálculos de depreciación que son: línea recta, reducción de saldos u otro sistema de reconocido valor técnico…”.

Por lo tanto, para depreciación fiscal de estos activos fijos adquiridos ante de 2017 se aplicarán las siguientes reglas:

La base para calcular la depreciación será el costo fiscal.

No se tendrá en cuenta el valor residual del activo.

Las vidas útiles a utilizar son:

Inmuebles (incluidos los oleoductos) 20 años

Barcos, trenes, aviones, maquinaria, equipo y bienes muebles 10 años

Vehículos automotores y computadores 5 años.

Los métodos de depreciación a utilizar son: línea recta, reducción de saldos u otro sistema de reconocido valor técnico que se encuentre debidamente autorizado por la DIAN.

Sobre la depreciación de los activos fijos adquiridos antes de 2017 no aplica la limitación a la depreciación prevista en el artículo 137 del Estatuto Tributario.

Fuente: Artículos 128 y 290 del Estatuto Tributario; artículo 1.2.1.18.4 del DUR 1625 de 2016.

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