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NIIF25063 – ¿QUIENES ESTÁN OBLIGADOS A CONSOLIDAR ESTADOS FINANCIEROS BAJO NIIF?

En los primeros días del año, las entidades deben preparar sus estados financieros. Es pertinente comprender, quiénes están obligados a presentar estados financieros consolidados según el estándar internacional.

Obligados a consolidar estados financieros 

La NIIF 10 menciona que:

¨Una controladora elaborará estados financieros consolidados utilizando políticas contables uniformes para transacciones y otros sucesos que, siendo similares, se hayan producido en circunstancias parecidas¨(Párrafo 19 NIIF 10).

La entidad controladora, también llamada matriz, es aquella que tiene el poder para tomar las decisiones relevantes que terminaran afectando los rendimientos y la operación de otra entidad, llamada controlada a subsidiaria.

Por ejemplo; cuando la Sociedad A compra el 51% de las acciones de la Sociedad B con sus derechos de voto en la asamblea, decimos que la sociedad A es la matriz (controladora) y la sociedad B es la subsidiaria (controlada). La relación de control, también se puede dar por razones de influencia familiar o contractual, independientes de la participación patrimonial.

Consolidar los estados financieros de la(s) subsidiarias (s), implica preparar los estados financieros de la matriz y sus controladas, como si fueran los de una sola empresa.

La consolidación debe realizarse a partir del momento en el que la matriz comenzó a controlar a la subsidiaria; esto no necesariamente ocurre al inicio de un periodo contable.

Excepciones a la regla

Se presentan básicamente dos casos en los que una matriz no estaría obligada a consolidar los estados financieros de sus subsidiarias.

1) Cuando la matriz cumple todas las siguientes condiciones

  1. a) Cuando todos los titulares de las acciones, incluyendo las acciones sin voto, han sido notificados de que la controladora no presentará EF consolidados y ninguno presentó objeciones al respecto.
  2. b) Sus acciones o instrumentos de deuda no se cotizan en bolsa de valores.
  3. c) No registra sus EF ante una entidad reguladora con el propósito de emitir instrumentos en el mercado público.
  4. d) Su controladora final, o alguna intermedia, elabora estados financieros consolidados bajo NIIF. (Ver Párrafo 4 NIIF 10)

En el caso de las entidades que aplican la NIIF para Pymes, solo tendría en cuenta el literal d) (Ver Párrafo 9.3 de la NIIF para Pymes)

2) Las entidades de inversión; es decir, aquellas que se crean exclusivamente para gestionar inversiones en otras empresas, no están obligadas a consolidar los estados financieros de sus subsidiarias. (Ver párrafo 31 NIIF 10)

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