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091 – NIIF – DENOMINACIÓN DE LAS PARTIDAS, EN LOS ESTADOS FINANCIEROS BAJO NIIF

Las NIIF surgieron como respuesta a la necesidad de unificar los criterios para la preparación de información financiera; de tal forma, que no sea necesario realizar homologaciones costosas y demoradas, para comparar las cifras de entidades ubicadas en diferentes jurisdicciones.

Ahora podemos leer e interpretar la información de cualquier entidad y comparar sus estados financieros con otra ubicada en otro país, porque compartimos los mismos criterios de reconocimiento, medición y presentación.

Para hacerlo posible, es importante usar un lenguaje común. Por ese motivo, utilizamos las denominaciones incluidas en la taxonomía XBRL.  Algunos ejemplos son:

Propiedad Planta y Equipo: Se usa para hacer referencia a activos tangibles que:

(a) posee una entidad para su uso en la producción o el suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos; y

(b) se espera utilizar durante más de un periodo. (Párrafo 6 NIC 16)

Activos biológicos: Planta o animal vivo (Párrafo 5 NIC 41)

¿Puedo cambiar el nombre de las partidas?

Tener un lenguaje común es lo que hace posible la estandarización; por lo tanto, si no es necesario, lo ideal es que tengamos en cuenta las denominación y definiciones contenidas en las NIIF.

Pero también es importante mencionar, que el estándar no es una camisa de fuerza. En la NIC 1 leemos lo siguiente:

Una entidad presentará en el estado de situación financiera partidas adicionales, encabezados y subtotales, cuando esa presentación sea relevante  para comprender su situación financiera (Párrafo 55 NIC 1)

Y también los literales a y b del párrafo 57 mencionan:

(a) Se añadirán otras partidas cuando el tamaño, naturaleza o función de una partida o grupo de partidas sea tal que la presentación por separado resulte relevante para comprender la situación financiera de la entidad;

y

(b) las denominaciones utilizadas y la ordenación de las partidas o agrupaciones de partidas similares, podrán ser modificadas de acuerdo con la naturaleza de la entidad y de sus transacciones, para suministrar información que sea relevante para la comprensión de la situación financiera de la entidad. Por ejemplo, una institución financiera puede modificar las denominaciones anteriores para proporcionar información que sea relevante para sus operaciones. (Párrafo 57 NIC 1)

Lo ideal es utilizar las mismas denominaciones, pero cuando resulte necesario, puede ser apropiado y esta permitido,  incluir nuevas partidas o modificar los nombres para que la información sea mas comprensible y útil.

 

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