De conformidad con el artículo 41 de la resolución 162 de 2023, las personas que estén obligadas a reportar la información de la ejecución de los contratos de colaboración empresarial
“deberán informar el valor total de las operaciones realizadas durante el año gravable inherentes a las actividades ejecutadas en desarrollo de cada uno de los contratos, con indicación, para cada transacción, de los apellidos y nombres o razón social, identificación, dirección, y país de residencia o domicilio de cada uno de los terceros, identificación y apellidos y nombres o razón social de cada una de las partes del contrato…”.
Esta información de los contratos de colaboración se reportará en los siguientes formatos:
- Formato 5247, versión 1. En este formato se informan “Los pagos o abonos en cuenta y retenciones practicadas… teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 20 de la presente resolución”
- Formato 5248, versión 1. En este formato se informa “El valor total de los ingresos recibidos y de las devoluciones, rebajas y descuentos… teniendo en cuenta los conceptos de ingresos para contratos de colaboración y otros contratos y lo demás establecido en el artículo 22 de la presente resolución.”
- Formato 5249, versión 1. En este formato se informa “El valor del IVA descontable y el valor de IVA resultante por devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o resueltas… teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 23 de la presente resolución.”
- Formato 5250, versión 1. En este formato se informa “El valor del IVA generado, el valor del impuesto al consumo y el valor del IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas… teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 24 de la presente resolución.”
- Formato 5251, versión 1. En este formato se informa “El valor del saldo de los pasivos a 31 de diciembre… teniendo en cuenta los conceptos de pasivos para contratos de colaboración y otros contratos y lo demás establecido en el artículo 25 de la presente resolución.”
- Formato 5252, versión 1. En este formato se informa “El valor del saldo de los deudores por concepto de créditos activos a 31 de diciembre… teniendo en cuenta los conceptos de créditos activos para contratos de colaboración y otros contratos y lo demás establecido en el artículo 26 de la presente resolución.”
Fuente: Artículo 41 de la resolución DIAN 162 de 2023.